Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA y ordena remitir el presente expediente al TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍTIMO CON COMPETENCIA NACIONAL CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS, para que continúe conociendo del mismo, conforme al procedimiento que deba seguir. Así se decide.-