Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL, realizada por los abogados MILAGROS COLINA y JOSE SIMEON NOGUERA BUENO, inscritos en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo los números 149.158 y 275.115 respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la parte actora ciudadano LUCIANO GIORDANO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 4.407.765, domiciliado en el sector La Trigaleña, edificio Arias, piso 10, apartamento 10D, ciudad de Valencia, Estado Carabobo, correo electrónico: multiempresasgiordano@hotmail.com, teléfono: 0414-5985389 y la parte demandada ciudadano ALIRIO JAVIER CALLES ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 10.703.145, domiciliado en el call.....