En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Municipio Miranda de Coro, Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre bienes muebles propiedad de la demandada: Sociedad Mercantil SERVICIOS UNOMEJOR, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual quedó anotada bajo el Tomo 4-A, Pro Nº 40, en fecha 08 de enero de 2006, RIF Nº J-30329954-7, con domicilio en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS, (Bs. 281.635,32) cantidad ésta que comprende el doble del valor de la demanda. Si el embargo recayere sobre cantidad liquida de dinero será por la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS, (Bs. 140.817,66), cantidad ésta que co.....