Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE REVISA LA MEDIDA SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, previa solicitud interpuesta por la ciudadana NELMARY MORA, Defensora Pública Décima Penal adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Falcón, según’ N° DDPG-2014-719 de fecha 16 de Diciembre de 2014, actuando en como Defensora del ciudadano: HERMES RAFAEL COLINA COVIS Y JUNIOR RAFAEL ROJAS, titulares de la Cédula de Identidad N° V-1 8.048.589 Y V18.824.432; actualmente recluidos en el CENTRO DE COORDINACIÓN POLICIAL N° 01, a quien se le sigue el asunto signado con el número IPOI-P2015-000291, conforme al artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la imposición de una medida meno.....