Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano LEVIS LUGO, JIMÉNEZ MILAGROS, EDINSO JESÚS ALCALA y OSWALDO JESÚS ALVARADO CALDERA, cédulas de identidad se desconocen, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PISCOLÓGICA y AMENAZA, previstos y sancionados en el artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LYDZAY CELIS ZAPATA, titular de la cédula de identidad N° V-19.736.993, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y por consecuencia, cesa .....