Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, del asunto seguido contra: OSWALDO RAFAEL RUIZ JIMENEZ, Titular de la Cédula de Identidad N°: no porta, residenciado en: Barrio Las Panelas, Calle El Sol con Calle el Milagro, Coro Estado Falcón; por el delito de: ARROLAMIENTO A PEATON CON LESIONADO Y FUGA, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal Vigente, en perjuicio de: YUMETSI RODRIGUEZ, por cuanto no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementosde convicción a la investigación, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido se, Declara Extinguida la Acción Penal , Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
Mag. Cs. YANYS MATHEUS .....