Siendo así para la fecha de hoy puede optar por los beneficios de prelibertad, previo cumplimiento de los requisitos de ley, de la siguiente manera: Destacamento de Trabajo y Destino a Establecimiento abierto a partir de esta misma fecha. En fecha 25-10-04 le corresponde el beneficio de Libertad condicional y en fecha 25 de Febrero de 2005 corresponde confinamiento.
CUARTO: Cumple la pena en fecha 25-02-2006.
Notifíquese a las partes. Certifíquese el presente auto y remítase con oficio a la Dirección del Internado judicial del Estado Falcón. Impóngase al penado. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA LA SECRETARIA
ABOG. OLIVIA BONARDE SUAREZ.
NOTA: En esta fecha se cumplió lo ordenado en auto que antecede.
LA SECRETARIA .....