Por los razonamientos antes esbozados, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Tucacas DECRETA: De conformidad con lo previsto en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes inmuebles o muebles propiedad de la demandada de autos, sociedad de comercio "AGROPECUARIA LA MACAGUITA" C.A., hasta cubrir la cantidad de CINCUENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 50.153.934,60 bs), que comprende el doble de la suma liquida reclamada más las costas prudencialmente calculadas por el Tribunal. En caso de embargar cantidades liquidas de dinero, el mismo será por la cantidad de VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES (Bs. 27.863.297 bs), que comprende la suma liquida demandada, más las costas prudencialmente calculadas por el Tribun.....