ste Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: DECRETAR LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA LIBERTAD ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 256, ORDINALES 3° Y 4°, consistentes en presentación por ante este Tribunal, cada ocho (8) días y la prohibición de salida del Estado Falcón sin la Autorización expresa por escrito de este Tribunal, a los ciudadanos JHONIEL RAFAEL MEDINA QUERO, titular de la cedula de identidad N° 25.370.493, de 19 años de edad, nacido en fecha 17-05-1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero en FUNDAREGION, natural de Coro Estado Falcón y residenciado en la urbanización Los Médanos manzana D, casa D-68, teléfono 0414-9690835 (de su hermana); y TEOFILO ENMANUEL GUANIPA QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.520.810, de 25 años de edad, nacido en.....