En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Pedro Valentín Gutiérrez, en su carácter de apoderado de MENSAJEROS RADIO WORLWIDE (MRW), contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, el 03 de julio de 2003, mediante la cual negó la oposición a la medida de embargo intentada por MENSAJEROS RADIO WORLWIDE, S.R.L., (MRW), en su carácter de tercero, con motivo del juicio que por concepto de de calificación de despido, reenganche y salarios caídos, intentara el ciudadano WILFREDO JOSE DIAZ SOTO, contra el ciudadano DENNYS RIVERO LEAL, propietario de la empresaria MRW., por los motivos que quedan establecidos.