esta Corte de Apelaciones actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, decreta:
INADMISIBLE la Acción de Amparo intentada por el ciudadano DAMASO LUÍS GONZÁLEZ PETIT, titular de la cédula de identidad N° V-7.574.796, domiciliado en la Población de Pueblo Nuevo, calle Bolívar, Municipio Autónomo Falcón del Estado Falcón, quien actúa en su condición de padre del ciudadano KENDRI GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.157.901.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Coro a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil cinco.
Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
POR LA CORTE DE APELACIONES del ESTADO FALCÓN
La Jueza Presidente (E)
MARLENE MARÍN de PEROZO
Jueza Titular y Ponente
RANGEL ALEXANDER MONTES
Ju.....