Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos JOSÉ RAFAEL RODRIGUEZ ALVARADO y HENRY RAFAEL MARTINEZ ALVAREZ y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor del ciudadano ADAN VICTORIANO MEDINA GAMEZ, quien es venezolano, mayor de edad, de 59 años, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-4.787.182, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en la Parroquia Pueblo Nuevo del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Cód.....