Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta: Medida de privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano: JORGE EUDOMAR CASTILLO, C. I: V-17.520.7709, de nacionalidad venezolano, natural de Coro Estado Falcón, de estado civil soltero, residenciado en la Av. Calle 18, Casa sin número detrás del Kinder Rómulo Gallegos, Urbanización Velita II, Coro Estado Falcón por la comisión del delito de HOMICIDO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código penal en perjuicio de LUIS ALBERTO SÁNCHEZ PIMENTEL. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código orgánico procesal penal y artículos 251 y 251 eiusdem