D E C I S I O N
En merito de los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la Transacción Judicial en convenimiento de pago presentada por las partes del presente proceso la demandada Firma Mercantil QUINTERO & OCANDO, C.A., QUINTOCA, representada por su apoderada judicial la abogada MAYELA COROMOTO TREJO VIELMA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 44.118, y la parte demandante abogados GABRIELA HERNANDEZ, YUDEIMA GONZALEZ, CARLOS FIGUERA, ALIGUIS COLINA, inscritos en el IPSA bajo el Nº 87.288, 96.046, 91.662, 88.099, respectivamente, en todos y cada uno de los términos por ellos convenidos.
SEGUNDO: Se le da el carácter de cosa Juzgada.
TERCERO: Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístres.....