Por los fundamentos y motivaciones anteriormente expuestos, este Juzgado QUINTO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, contentivas de la investigación seguida en contra del ciudadano NERYS ANTONIO MORALES YARIT, por la presunta comisión del delito, previsto y sancionado en los Artículos 417, 278 y 472 del Código Penal Venezolano, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas impuestas al imputado. Todo en conformidad a lo que se contrae el segundo aparte del Artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y notifíquese a las Partes del contenido del presente fallo. Remitase al archivo judicial para su guarda y custodia.
El Juez
Abg. Eudis Orlando Alvarez Vargas
La Secretaria
Abg. Elizabeth Cespedes