D I S P O S I T I V A
En mérito de las situaciones de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la oposición formulada por los ciudadanos JOSÉ ALEXANDER PETIT y MIGUEL VILORIA en representación de la firma APLICACIONES TECNICAS Y MECÁNICAS COMPAÑÍA ANÓNIMA (ATIMCA) y del CONSORCIO ATC respectivamente, en contra de la sentencia de fecha 14 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, donde se decreta medida preventiva de embargo sobre bienes propiedad de la firma APLICACIONES TECNICAS Y MECÁNICAS COMPAÑÍA ANÓNIMA (ATIMCA), y del CONSORCIO ATC.
SEGUNDO: Se suspende la medida preventiva de embargo a que se refiere el particular anterior y se ordena hacer las participaciones a que haya lugar.
TERCERO: Por haber vencimiento total, de conformidad con lo establ.....