Por todas las razones expuestas este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: PRIMERO: Se declara sin lugar las excepciones de la defensa y la solicitud de declinatoria de Competencia, se admite totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público contra el ciudadano RICHARD ENRIQUE MARTINEZ, (plenamente identificado) por el los delitos de TRAFICO DE INFLUENCIAS tipificado en el articulo en 71 de la Ley Contra la Corrupción y de CORRUPCION PASIVA PROPIA AGRAVADO, tipificada en el articulo 62 de la misma Ley, en perjuicio de los ciudadanos: ROBERTH JOSE CHIRINOS y CARLOS EDUARDO LUARTE ARÍAS, se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por la Fiscalía. SEGUNDO: Se admiten la calificación jurídica provisional imputadas por el Ministerio Público,.....