Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, constituido de forma MIXTA y Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a las ciudadanos ALFREDO ANTONIO CORDERO titular de la cédula de identidad Nro 14.397.267 Y CARLOS ALEXANDER ZARRAGA, titular de la cédula de identidad Nro 14.654.402 por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio del estado venezolano, e impone la pena de TRES (3) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN; por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, y a.....