Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la presente demanda por TERCERIA, intentada por el Abg. RAUL DOVALE PRADO, en su condición de SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCON en contra de los ciudadanos ORLEYDA DE GOMEZ, MIRIAM PEROZO e IVAN GOMEZ, plenamente identificados en autos todo de conformidad con lo previsto en los artículos 267 y 269 respectivamente del Código de Procedimiento Civil.-
No ha condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 ejusdem.-
Notifíquese de la presente decisión a las partes, conforme al artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE
Dada, Firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgad.....