Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Sección Adolescente, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por UNANIMIDAD al adolescente IDENTIDAD OMITIDA a cumplir la SANCIÓN de un (01) año y seis (06) meses de Libertad Asistida por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 411 del Código Penal Venezolano Vigente en perjuicio del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la cual deberá cumplir en el CONSEJO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE ubicado en la Avenida Pumarrosa de la Ciudad de Punto Fijo del Estado Falcón. Quedan notificadas las partes de la presente decisión
ABG. NIRVIA GOMEZ GONZALEZ
JUEZ PRESIDENTE
FLORA CURIEL GUTIERREZ LISBETH DEL VALLE PARTIDAS
ESCABINO TITULAR N°1 ESCABINO TITULAR N°2
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