Por lo que en consecuencia, atendiendo a la solicitud presentado por el Defensor Privado MAIANELA GUTIERREZ, en su carácter de Defensor del ciudadano YIMMI VASQUEZ SECO, y en virtud de lo antes razonado, es que éste Tribunal Segundo de Juicio, declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes. Cúmplase con lo ordenado. En Punto Fijo a los diecinueve (19) días del mes de Marzo de dos mil nueve (2009).-