Como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere declara. CULPABLE al acusado: ANGEL ENRIQUE GUANIPA ALVARADO, de nacionalidad venezolana, natural de Los taques, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.769.908, nacido en fecha 05-07-75, de 34 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio: Albañil, Hijo Delia Maria Alvarado y Antonio Guanipa, residenciado en la Calle Páez casa Nº 08 de Bella Vista, sector Blanquita de Pérez, Punto Fijo, Teléfono: 0426-3691372 (cónyuge) 04246926441 (hija), por la comisión del delito de DISTRIBUCIÒN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÒPICAS, previsto en el artículo 31 en su tercer aparte de la ley especial que rige la materia y se le Condena a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, SEÌS (06) MESES DE PRISIÓN. Se fija como fecha .....