III
DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por la abogada Diamelis Edith Silva Gómez, contra el auto de fecha 26 de febrero de 2024 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual oyó en un solo efecto la apelación interpuesta por la parte recurrente, contra sentencia de fecha 8 de febrero de 2024 que declaró la improcedencia de la impugnación del poder y la improcedencia de la perención de la instancia, y por otra parte inadmitió la apelación sobre la insuficiencia de la cuantía.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE el auto de fecha 26 de febrero de 2024, .....