DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la acción de desalojo incoada por la Ciudadana LOURDES HOMES DE CAMACHO, asistida del abogado PEDRO LUIS RODRÍGUEZ MORA, en contra del Ciudadano: ROMUALDO JOSE TOLEDO ROMAN, de conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, 1.387 del Código Civil y 34 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
Se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 274., del Código de Procedimiento Civil.
Anéxese la presente decisión al expediente y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado.....