este Juzgado Segundo De Ejecución De Penas Y Medidas De Seguridad Del Circuito Judicial Penal Del Estado Falcón, con Sede En Santa Ana De Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA al penado DARWIN RAMON LUGO SIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero 7.494.178, Medico Veterinario, domiciliado en la calle Jabonería, entre Colina e Iturbe, casa 43ª-43, al lado del taller de la Wolkswagen, en la ciudad de Coro Estado Falcón, teléfonos 0414-6020714 y 0268-2531331; quien se encuentra condenado por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de ¬¬¬¬UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES de prisión más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, la Formula Alternativa de La Suspensi.....