este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIOBERTAD, conforme al artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal interpuesto por la Abogada YRENE TREMONT, plenamente identificada en actas, actuando en su carácter de defensora pública del ciudadano: YELAL ALY SALMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 29.600.982, a quien se le sigue asunto penal por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y USO DE FACSÍMIL previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley Orgánica para el Desarme y control de Armas y Municiones. SEGUNDO: Toda vez que se evidencia de la causa que se han acordado.....