DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en ejercicio de la facultad revisora prevista en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta en fechas 21/05/2012, por el Abogado JESUS TADEO MONAGAS, en su condición de Defensor Público, del ciudadano IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ, en el sentido que le sea revisada la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad otorgada por este Juzgado en fecha 16 de Junio de 2010, por considerar que las circunstancias en el presente caso no han variado y, por cuanto las finalidades del proceso se encuentran aseguradas con la imposición y mantenimiento de la medida impuesta al referido imputado por este Juzgado de Control, de c.....