CON LUGAR el amparo constitucional incoado por la abogada YOHARA J. MENDOZA R, inscrito en el IPSA bajo el número: Nº 100.377, domiciliada en la Ciudad de Caracas, Distrito Metropolitano, en representación y asistencia legal del ciudadano CARLOS ENRIQUE CASTILLO FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.351.764, en contra de la decisión judicial, dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta Circunscripción Judicial, en fecha 22 de Abril de año 2004, el cual negó la libertad del ciudadano antes nombrado. La presente acción de amparo fue incoada con fundamento en los artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Se ordena al Tribunal Agraviante que fije de manera inmediata la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y oral de juicio, asumiendo totalmente el poder jurisdiccional, de forma unipersonal, prescindiendo de los escabinos.
Se decreta medida cautelar sustitutiva de lib.....