En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, con fundamento a su libre convicción, basado en las regla de la lógica y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de Ley, administrando Justicia. DECLARA PRIMERO: FORMALMENTE ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal 3° de Primera Instancia en Funciones de Control del circuito Judicial Penal del la Circunscripción judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, en contra del penado SAMUEL ANTONIO JIMENEZ MINDIOLA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 25.370.504, quien fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, se exime al pago de costas procesales, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA previsto y s.....