este Tribunal Primero de Control Sección del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y DECRETA la Libertad Plena del adolescente IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LOPNA. quien es venezolano de 17 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°18.480.785, de conformidad con lo establecido con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 551 de la Ley Orgánico para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad, notifíquese al Defensor Público Octavo, y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, a los fines de que continúe con la investigación correspondiente. Cúmplase con lo ordenado.
Abg. Nirvia Gómez González
Juez Primero de Control
Abog. María Eugenia Rodríguez
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