Es por lo que este Juzgado primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos y decreta: PRIMERO: se decreta la flagrancia previsto y sancionado en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: se acuerda el Procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se admitió la precalificación del delito realizada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de delito de: HURTO SIMPLE PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 451 DE CODIGO PENAL, para el ciudadano: JOSE JAVIER VENTURA. CUARTO: SIN LUGAR la solicitud realizada por el Representante del Ministerio Publico de Una Medida cautelar sustitutiva de libertad, articulo 242 numeral 2, consistente en la presentación cada 15 días, a los fines de garantizar la resultas en el proce.....