Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A formulada por los ciudadanos: EMILIO DAVID HIDALGO GOMEZ y MILAGROS JOSEFINA MIQUILENA TUDARES, titulares de la cedula de identidad Nº V-9.810.124, V-11.474.126, respectivamente y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que les une contraído el día 26 de noviembre de 1994, ante la Prefectura y Secretaria del Municipio Buchivacoa del Estado Falcón.
Remítase con oficio copia certificad a las autoridades competentes. Líbrense oficios.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.
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