...llegada la oportunidad para decidir la presente solicitud de separación de cuerpos entre los ciudadanos HENDRIK JOSÉ ABREU PÉREZ y ALEIDIS MERCEDES TORRES TORRES, lo hace en los siguientes términos: Se constata que el solicitante manifiesta que desde el día 21 de Junio del 2007, hasta la presente fecha, ha transcurrido el lapso de Ley suficiente, sin que entre los cónyuges haya habido reconciliación alguna, resultando así procedente la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y en consecuencia , declara CON LUGAR, la conversión en divorcio de la separación de cuerpos a que ha hecho referencia y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que unió a los ciudadanos HENDRIK JOSÉ ABREU PÉREZ y ALEIDIS MERCEDES TORRES TORRES, y que contrajeron por ante la Jefatura de Registro Civil del Municipio Los Taques del Estado Falcón, con sede en Santa Cruz de Los Taques, el día Catorce (14) de Julio del año Dos Mil Cinco (2005).- Así se decide, impartiendo justicia en nombre de.....