Con mérito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: Presunción de Admisión de Hechos en contra de la entidad de trabajo STOP LIGHT, C.A. (JUEPAJE).
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por el ciudadano ANDRES BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.197.589 en contra de la entidad de trabajo STOP LIGHT, C.A. (JUEPAJE) por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.
TERCERO: Se condena a la entidad de trabajo STOP LIGHT, C.A. (JUEPAJE) a cancelarle al ciudadano ANDRES BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.197.589, la cantidad total de SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS.....