Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal del Circuito Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA NULIDAD ABSOLUTA interpuesta por falta de Abocamiento de la Jueza Suplente Abg. JANINA CHIRINOS, de las actas de diferimientos de fechas 30/09/2013 y 04/11/2013 mediante las cuales se convocó a la celebración de la audiencia preliminar, aunado a que igualmente se considera, inútil la nulidad de dichas actuaciones, toda vez que quien suscribe es la Jueza Titular y se encuentra regentando actualmente el Tribunal Cuarto de Control de esta sede Judicial. SEGUNDO: Considera quien aquí se pronuncia que, los fundamentos de derecho suficientemente analizados ut supra, sustentan el hecho de que este Tribunal de Control tiene JURISIDCCIÓN con fundamento en los artículos 2, 7, 55 y 56 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del .....