DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción reivindicatoria interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSIONES LOY, C.A., patrocinada judicialmente por la Abogada: YANINA PEROZO VILLALOBOS, en contra de los Ciudadanos: VINICIO JOSE HERNANDEZ SILVA y BELKIS AMALIA DAVALILLO DE HERNANDEZ, de conformidad con los artículos 12, 429 y 507 del Código de Procedimiento Civil y 548, 1.359, 1.384 y 1392 del Código Civil.
En consecuencia, se condena a los Ciudadanos VINICIO JOSE HERNANDEZ SILVA y BELKIS AMALIA DAVALILLO DE HERNANDEZ, a hacerle entrega formal del inmueble vendido a la compradora: INVERSIONES LOY, C.A., de la forma convenida en el instrumento público que contiene el contrato de compra venta del inmueble objeto de la acción reivindicatoria.
Se conden.....