este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara NO CULPABLE al Acusado Gabriel Antonio Chirinos Lara, cedula de identidad 9.520.289. domiciliado en el barrio la cañada, calle las brisas casa sin numero, teléfono, 0412-174-7454, hijo de Gabriel Chirinos y Mercedes Lara, de los Delitos de Robo Agravado con Agravantes en Grado de Frustración, Porte Ilícito de Arma Blanca, Lesiones Personales Leves y Resistencia a la Autoridad, previstos y sancionados en los artículos 455 concatenado con el 77 Numeral 11, concatenado con el articulo 428 y 80 del Código Penal y 416 y 218 ejusdem, en perjuicio del ciudadano Ramón Antonio Cotiz López. SEGUNDO: En virtud de la declaratoria de no culpabilidad del Acusado de Autos, consecuencialmente la Presente sentencia debe ser ABSOLUTORIA. TERCERO: Se decreta la Liber.....