Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: SE ACUERDA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL Y EN CONSECUENCIA SE DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la Ciudadana MAIYORI ALEJANDRA GOMEZ VARGAS de conformidad con lo establecido en los artículos 236,237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y La Extorsión y ASOCIACION ILICTA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 Concatenado con el articulo 4 Cardinal 9 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y financiamiento al Terrorismo cometido en perjuicio de la Ciudadana a MIGADALIA DEL PILAR ROBERTIS BELLO, ampliamente identificado en auto, se acuer.....