Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: ISMAEL ANTONIO BETANCOURT MONTERO, Venezolano, Residenciado en el Sector El Cantón, Mirimire, Municipio San Francisco, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 10.739.752, y DECRETA LIBERTAD PLENA a los ciudadanos NORLUYS ALDEMAR NAVEDA, ELY RAMON NAVEDA CHIRINOS Y JOSE GREGORIO LEONES CAMBERO, Venezolanos, mayores de edad, y Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 14.242.049, V- 7.120.124 y v-15.097.067. Quedan notificadas las partes de la presente decisión por encontrarse presentes. Líbrese la Correspondiente Boleta de Privación Judicial Preventiva de Libertad y de Libertad. .....