En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a sus atribuciones y competencias previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano JESUS ENRIQUE ROBLES GARCIA, quien es Venezolano, mayor de edad, estudiante, soltero, residenciado en Las Velitas II, calle 22, vereda 78, casa número 73, fachada de bloques, frente a un terreno baldío, Coro, estado Falcón y se presenta con cédula de identidad V-19.251.791. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 105, 471 y 485 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese al penado a efectos de que comparezca ante este tribunal a fines de su imposición .....