DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia de fecha 3 de noviembre de 2022, por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado Eudes Camacho.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 27 de octubre de 2022, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, que declaró INADMISIBLE la demanda de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA de la sociedad mercantil "GRUPO MEDICO SALUD C.A.", incoada por la ciudadana NESTA JUANA RODRÍGUEZ, contra los ciudadanos RAMIRO MEDINA, MILAGROS DEL VALLE MEDINA REVILLA, RICHARD GABRIEL ME.....