Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra de la empresa "LITURIN" LILIANA TURIZOINVERSIONES, C.A.,
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana OMAYSY MILAGROS PELAYO MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.497.417, en contra de la empresa "LITURIN" LILIANA TURIZOINVERSIONES, C.A., por Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se Condena a la empresa "LITURIN" LILIANA TURIZOINVERSIONES, C.A. a cancelar a la parte actora OMAYSY MILAGROS PELAYO MARIN, identificado en autos, la cantidad de NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (986.699,94), por concepto de Prestac.....