Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se acuerda la solicitud de la Representación Fiscal de seguirse el presente caso mediante el Procedimiento de Juzgamiento de Delitos Menos Graves establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admitió la precalificación del delito realizada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de ESTAFA AGRAVADA PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 463 NUMERAL 3 DEL CÓDIGO PENAL en contra de MIGUEL ANGEL CALDERON TERCERO: con lugar la solicitud de la representación fiscal sobre imposición de la medida cautelar sustitutiva de libertad articulo 242 numeral 3 sobre la imposición de una medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en presentación cada 30 días ante este tribunal, así mismo la medida de coacción personal INNOMINA.....