este Juez de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en punto Fijo actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la acción de divorcio fundamentada en el artículo 185, causal segunda del Código Civil, intentada por el ciudadano RAMI HOUMEIDAN SAAB, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.582.545, asistido por el abogado Gustavo Navarrete, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 50.516, en contra de la ciudadana MARIBEL COROMOTO CUICAS MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.472.988, por no haber quedado comprobada la causal de divorcio alegada.
Se condena en costas al demandante de autos.