esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada DENA JIMÉNEZ, Defensora Pública Quinta Penal, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública, en su condición de Defensora del ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMÍREZ ÁRIAS, contra el auto dictado en fecha 15 de Enero de 2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Extensión Punto Fijo de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad que recae contra el mencionado ciudadano, conforme a lo dispuesto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión al proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUN.....