III
DISPOSITIVA
Por todos los elementos de hecho y de derecho antes indicados, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Procedente en derecho el medio de Autocomposición Procesal (Convenimiento) presentado por el Abg. DAVID ANTONIO DIAZ SANCHEZ, Apoderado Judicial de la parte accionada, en fecha 12 de Mayo del año 2023. SEGUNDO: En virtud del convenimiento presentado, se imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN y téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. TERCERO: Se declara la Nulidad de los acuerdos tomados por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL RESIDENCIAS PESCADORES II, mediante Acta de Asamblea Extraordinaria, celebrada en fecha 11 de febrero del año 2023.
Se condena en Costas a la parte demandada, conforme a lo p.....