Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra de la demandada la Empresa Sociedad Mercantil PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS, S.A. (PANTERSA). SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana; GINNA LIZBETH AVILA COLINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.706.108, en contra de la empresa SERENOS PROTECCION SEPRO C.A.., por Cobro de Bono de Alimentación.
TERCERO: Se Condena a la Empresa Sociedad Mercantil PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS, S.A. (PANTERSA) a cancelar a la parte actora ciudadana; GINNA LIZBETH AVILA COLINA, antes identificada la cantidad de Efectivamente para la presente fecha .....