Por todo lo antes expuesto por ante este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta Medida Preventiva Privativa Judicial de Libertad de conformidad con el Art. 250 del Código Orgánico Procesal Penal a los Ciudadanos: Gilbert Leonardo Rangel Gonzalez y Víctor Hugo Pérez Tavera; por el Delito de Violación previsto y sancionado en el Art. 375 del Código Penal en perjuicio de la Ciudadana: Detsy Mendoza Yovera. En consecuencia líbrese boleta de Privación de Libertad y remítanse las presentes actuaciones al Ministerio Público para la prosecución de la investigación; en su oportunidad legal. Quedan notificados los presentes de la decisión dictada en sala.
La Juez Segundo de Control
Abg. Rita Cáceres
La Secretaria
Abg. Lydda Benitez de Torres