Ahora bien, en atención a que el penado NELSON HUMBERTO AMAYA cumple con todos y cada uno de los requisitos descritos anteriormente por separado, para considerarlo por ende éste Tribunal acreedor de la concesión del precitado beneficio, siendo por lo que en consecuencia éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, acuerda el Beneficio de Trabajo Fuera del Establecimiento Reclusorio, al penado NELSON HUMBERTO AMAYA, de conformidad todo ello con lo preceptuado en el artículo 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, por lo que a partir de la notificación al penado del contenido del presente auto, éste podrá a disfrutar de forma inmediata de los efectos del mismo, comenzando a laborar en el Taller "La Paserella" en un horario comprendido de Lunes a Sabados de 7:30 am a 6:00 pm, autorizándose a su vez al mismo de almorzar cerca del local donde funciona su sitio de trabajo, y así se decide.
Se ordena a su vez, se libre notificación al pen.....