este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial deja sin efecto las medidas cautelares sustitutivas decretadas al hoy penado EDGAR RAFAEL VENTURA FLETE, en virtud de encontrarse el presente proceso en fase de ejecución de sentencia por lo cual operó la perdida de vigencia y razón de ser de las mismas, a tenor de lo preceptuado en el articulo 256 del Copp en su encabezamiento, y así se decide.
A los fines de la imposición del presente auto de computo de pena, se convoca a odas las partes interesadas en el presente asunto, de conformidad con lo pautado en el artículo 483 del Copp, a una audiencia oral y pública para el día Miércoles 19 de Octubre del año en curso a las 9 AM en cualquiera de las Salas de éste Circuito Judicial Penal, a los fines de imposición personal del penado del presente auto de computo, y así se decide.
A su vez se ordena remitir copia del presente auto de cómputo de pena, así como copia certificada de la Sentencia condenatoria, a la Dirección General de .....